Como decíamos en una entrada anterior del blog, uno de los aprendizajes que podemos extraer de la situación de tensión que hemos vivido en la pandemia es la necesidad de que el equipo de protección individual (EPI) que vaya a utilizar una persona para protegerse frente a los riesgos que amenazan a su salud, se adapte a las condiciones anatómicas y fisiológicas particulares de quien lo utilizará durante todo el tiempo que dure la exposición al riesgo.
En esta nueva entrada de la serie en la que pretendemos poner de manifiesto la importancia crucial que tiene la adaptación del EPI a las personas que lo usarán, queremos profundizar en las necesidades particulares que tiene la población femenina en relación con los equipos de protección individual.
Durante la pandemia, todos los que hemos acudido a un centro sanitario o sociosanitario hemos sido atendidos, en la inmensa mayoría de los casos, por una mujer. No en vano, y según pone de manifiesto la EU-OSHA “el crecimiento del empleo de las mujeres se ha producido en varios sectores clave en los que las mujeres suelen trabajar: salud y trabajo social, educación”.
En muchos casos, hemos visto cómo las mascarillas que utilizaban para protegerse del virus eran demasiado grandes para ellas. En este ejemplo que ponemos aquí, no podemos olvidar la tremenda escasez de EPI que se vivió en determinados meses de la pandemia. Sin embargo, el ejemplo sirve para ilustrar de una forma muy visual, la acuciante necesidad de que el EPI se adapte a las características particulares de cada persona con el fin de lograr una protección eficaz.
A la hora de seleccionar un EPI, con cierta frecuencia no se tiene en consideración que, las dimensiones faciales de una mujer suelen ser menores a las de un hombre (a la hora de seleccionar una mascarilla, por ejemplo); o que a la hora de utilizar equipos de protección tales como, arneses anticaídas o chalecos antibalas, que el busto femenino interactuará con el equipo con una incidencia innegable en las condiciones de protección de los equipos.
Por otro lado, también hemos podido constatar que los responsables de salud y seguridad en el trabajo tienen en consideración todo este tipo de factores, pero que no encuentran una oferta suficiente de EPI que puedan responder a sus necesidades.
El alcance de estas consideraciones que hemos mencionado no se limita a una o dos aplicaciones, sino que adquiere una dimensión totalmente horizontal y afecta a muchos sectores, aunque tenga una incidencia muy particular en todas aquellas actividades que se engloban dentro del sector servicios.
Así, en determinados sectores en los que las mujeres representan la mayoría de la población trabajadora, la exposición a sustancias químicas constituye uno de los principales riesgos relacionados con el trabajo. Sectores como la atención sanitaria, la peluquería, la cosmética y también el sector agrícola, presentan unos porcentajes de trabajo femenino muy importantes. En la exposición a sustancias químicas, los equipos de protección respiratoria, el vestuario de protección química, guantes de protección y protección ocular suele ser un recurso preventivo frecuente y eficaz.
En casos como los mencionados, y para determinados tipos de EPI que basan su funcionamiento en su ajuste hermético, como la protección respiratoria, es esencial considerar las cuestiones relacionadas con la fisionomía particular de las mujeres para lograr que el EPI ofrezca la protección que es necesaria en cada situación.
Así mismo, y como vuelve a recordar la EU-OSHA, “el riesgo de las mujeres de desarrollar TME (trastornos músculo-esqueléticos) puede estar subestimado”. Factores tales como el peso de los equipos, asociados a determinados tipos de tareas, pueden suponer una carga metabólica excesiva para un porcentaje amplio de la población laboral femenina, hasta el punto de hacerla insoportable. En este sentido, es preciso recordar que no puede esperarse que nadie sea sometido a un auténtico calvario durante toda su jornada laboral, todos los días de su vida profesional. Llegará un punto en el que tenga que descansar, dejar de usar el EPI, y será en este momento en el que quede expuesta al riesgo presente en su tarea y para el cual se utiliza el EPI.
En relación a la normativa que se relaciona con el EPI, el Reglamento (UE) 2016/425, que regula las condiciones de salud y seguridad que deben cumplir los EPI, establece que los equipos de protección individual deben diseñarse para adaptarse a la “morfología del usuario por todos los medios adecuados” (véase apartado 1.3.1 del anexo II).
Ante la perspectiva que hemos intentado plantear anteriormente, no cabe duda de que una concepción del EPI diseñado para la adaptación a la morfología femenina, tendría un impacto decidido en la mejora de las condiciones de salud y seguridad de las trabajadoras en muchos sectores, como los que hemos citado aquí.
Por su parte, el Real Decreto 773/1997 sobre utilización de EPI por parte de los trabajadores, establece en su artículo 5 la necesidad de tener en cuenta las “condiciones anatómicas y fisiológicas” de los trabajadores a la hora de seleccionar un EPI. En este sentido, y como venimos defendiendo desde ASEPAL, el establecimiento de programas sistemáticos para la adquisición y gestión de EPI en las organizaciones que pongan un foco especial en que el EPI se adapte a la persona que lo lleva (por ejemplo, sistematizando la realización de pruebas de ajuste para determinar que los trabajadores y trabajadoras que necesitan equipos de protección respiratoria) también incidirá muy positivamente en la mejora de las condiciones de salud de las trabajadoras, especialmente, en los sectores en los que constituyen una mayoría.
En el caso de los EPI que estén destinados a ser usados por trabajadoras, durante el proceso de selección, deberemos tener muy presente aspectos como las diferencias de tallas, las características morfológicas de las mujeres, etc.
Y es que cuando hablamos de la necesidad de que el EPI se ajuste a las condiciones anatómicas y fisiológicas de los usuarios, es cuando la palabra “Individual” toma mayor sentido. Como hemos puesto de manifiesto, un equipo que no se ajuste a la fisionomía de los trabajadores, no sólo dificultará la capacidad de realizar las tareas cotidianas en el puesto de trabajo, sino que no proporcionará la protección adecuada, poniendo en riesgo la propia salud de las personas.
En este sentido, cada vez más fabricantes desarrollan líneas de EPI específicamente destinadas a mujeres, como calzado, vestuario, arneses anticaídas, incluso chaquetones para motoristas. Y no nos estamos refiriendo a equipos que se hagan con un diseño estético adaptado a los gustos de este público, sino a equipos que son diseñados específicamente pensando en las características anatómicas de las mujeres, con el fin de ofrecer equipos que se adapten en todos los sentidos a las particularidades de su fisonomía, para e proporcionar una protección óptima a las trabajadoras.
Recordemos siempre, que la finalidad última del EPI es adaptarse al usuario para cubrir y proteger las partes del cuerpo expuestas al peligro. Si no tomamos en consideración estos factores a la hora de realizar la selección del EPI, estaremos no sólo tirando por tierra el resto del trabajo de selección que debe hacerse siempre, sino también la propia efectividad del equipo.