Índice
- Protección de la cabeza
- Protección de manos y brazos
- Ropa de protección
- Protección contra caídas
- Economía circular y sostenibilidad
- Otras novedades
1. Informe de prenorma
Desde el anterior boletín, ASEPAL ha elaborado los siguientes informes de norma y está a disposición de las empresas asociadas a través del enlace de acceso a la parte privada de la web de ASEPAL (para consultarlos, es necesario identificarse en la zona privada antes hacer clic en el enlace)
Cada informe de normas contiene una brevísima descripción del borrador objeto de estudio y los principales aspectos de la norma objeto de estudio. Así mismo, se destacan los principales cambios en relación con la norma a sustituir.
Informe de norma |
Norma a la que sustituye |
Fecha prevista de edición por CEN |
Fecha orientativa edición DOUE |
No sustituye a ninguna norma |
01/07/2024 |
01/01/2025 |
|
* Si tienen comentarios que hacer, pueden hacerlos llegar a ASEPAL antes del 03/10/2023 |
2. Próximas normas para publicar en DOUE
A continuación, se proporciona una relación de normas que, una vez han sido publicadas por CEN y/o CENELEC, previsiblemente se publicarán por primera vez en siguientes ediciones del DOUE.
La publicación de estas referencias en el DOUE se realizará tras un análisis previo de la Comisión Europea, quien decidirá si la norma cumple los criterios que le permiten otorgar presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425. También será la Comisión Europea la que establezca la fecha en la que la versión de la norma a sustituir, cuando sea el caso, será eliminada del DOUE.
Recordamos que la fecha de edición que aparece en la tabla a la que se accede a través del enlace que se proporciona al final de este apartado, es la fecha en la que la norma está disponible en CEN en inglés, francés y alemán.
La fecha límite que aparece en la tabla, es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma. Tradicionalmente, esta fecha ha sido la que ha tomado la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Por ello, indicamos esta fecha límite como una orientación acerca de cuándo podría perder la presunción de conformidad la norma a la que sustituye la nueva versión. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/10XbloOAdymod2Qh-dCJ9IS2u_qOSHsM0/view?usp=sharing
3. Próximas normas para publicar por CEN/CENELEC
A continuación, se proporciona una previsión las normas armonizadas que CEN y/o CENELEC deberían editar a lo largo de los próximos meses.
Recordamos que, en la tabla a la que se accede en el enlace que se proporciona en este apartado, la fecha de publicación únicamente es un proceso administrativo que atiende a los reglamentos internos de CEN o CENELEC y que sólo tiene relevancia a efectos de la disponibilidad de la norma para su adquisición a través de los distintos organismos de normalización nacionales, como UNE. A efectos de evaluación de la conformidad, sólo una norma cuya referencia esté publicada en el DOUE dará presunción de conformidad con los requisitos esenciales del Reglamento (UE) 2016/425.
Así mismo, la fecha límite, representa fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/10EqpMzLHkowndLd_LAZYmsBByjLCRPKs/view?usp=sharing
4. Normas en desarrollo
Se proporciona una relación de normas que actualmente están en desarrollo en los distintos comités de normalización. Todos los borradores de las normas en desarrollo están disponibles para los asociados para su consulta y emisión de comentarios, si proceden. Los comentarios que se reciban por parte de las empresas asociadas serán transmitidos al comité nacional, quien a su vez lo remitirá al comité europeo.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma. Como en el apartado 2, la fecha límite que aparece en la tabla, es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/101CIr0sgM2AN-exdUTg_URKTMGY8HHyy/view?usp=sharing
5. Actualidad en normativa y otras novedades
A continuación, transmitimos la información que nos ha llegado, a través de distintos medios acerca de otros asuntos relacionados con los EPI, y que consideramos pueden ser de interés para las empresas asociadas.
5.1. Protección de la cabeza
5.1.1. EN 50365. Cascos aislantes de la electricidad para uso en baja tensión
A finales de agosto, el CENELEC/TC 78, comité de normalización dedicado a la seguridad eléctrica, ha circulado el borrador final de la prenorma prEN 50365, la cual sustituirá a la EN 50365:2002. Desde ASEPAL ya estamos trabajando en el informe de norma correspondiente.
5.2. Protección de manos y brazos
5.2.1. EN 388. Guantes contra riesgos mecánicos
El CEN/TC 162, comité normalizador europeo en el que se desarrollan las normas de ropa y guantes, ha aprobado la revisión de la norma EN 388:2016+A1:2018, en un desarrollo conjunto con ISO, para que la norma resultante, que tendrá la referencia EN ISO 23388, sea también norma internacional.
El proyecto tendrá un tiempo de desarrollo previsto de 36 meses y aunque se prevé que se base fundamentalmente en la actual EN 388:2016+A1:2018, se quieren incorporar algunos requisitos como la resistencia la perforación por agujas hipodérmicas. Les mantendremos informados de las novedades de este desarrollo normativo.
5.3. Ropa de protección
5.3.1. prEN 342. Ropa de protección contra el frío
Tras la revisión sistemática de la norma EN 342:2017, el CEN/TC 162 ha empezado una consulta para iniciar la revisión de la EN 342:2017 sobre ropa de protección contra el frío. Pese a que aún no se ha circulado ningún borrador de trabajo, se sabe que el objeto y campo de aplicación de la norma no sufre alteraciones, aunque se integrarán informaciones relativas a la durabilidad de las prendas. Si tienen alguna observación o pregunta al respecto, pueden hacérnosla llegar hasta el 6/10/2023.
5.3.2. prEN ISO 11612. Ropa de protección contra el calor y las llamas
A finales de este agosto, se ha circulado el nuevo borrador de la prenorma prEN ISO 11612. El nuevo borrador se votará en noviembre y el departamento técnico de ASEPAL ya está trabajando en el informe de norma correspondiente.
5.3.3. prEN ISO 14116. Ropa de protección contra la llama
El pasado mes de agosto, se aprobó el paso de esta norma EN ISO a la segunda fase de la encuesta encuadrada dentro del proceso de desarrollo normativo. En este nuevo borrador, que se votará en noviembre, se han incorporado algunos cambios respecto al que se circuló en enero de este año (estudio disponible para asociados en la web de ASEPAL) en aspectos como la forma de ensayar los sistemas de cierre o las resistencias al estallido y desgarro. El departamento técnico de ASEPAL ya está trabajando en la elaboración del estudio normativo correspondiente.
5.4. Protección contra caídas
5.4.1. EN 17235. Dispositivos de anclaje permanentes y ganchos de seguridad
Como saben la EN 795:2012 sobre dispositivos de anclaje, está en revisión y sólo recogerá los dispositivos de anclaje que puedan ser transportados e instalados manualmente por el usuario. El resto de los dispositivos de anclaje, serán recogidos en la prEN 17235, la cual lleva en revisión 8 años, como norma de productos de la construcción. El objetivo es que la futura norma EN 17235 sobre dispositivos de anclaje permanentes pueda citarse en el DOUE como norma que da presunción de conformidad con el Reglamento de productos de la construcción. En este sentido, hay que tener en cuenta que, en lo que se refiere a los productos de la construcción, una norma publicada en el DOUE es de obligado cumplimiento (al contrario que las normas para EPI, que siempre son voluntarias).
Tras muchos trabajos en el desarrollo de la prEN 17235, y una reunión con la Comisión Europea, se ha preparado un borrador final que será sometido a votación final en breve. La nueva norma sólo recogerá requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos de anclaje clases A, C y D (dispositivos de anclaje permanentes) y clase B (ganchos de seguridad).
Dado que se ha reestructurado por completo la norma y se ha alineado con lo requerido por la Comisión Europea, es posible que, cuando esta norma sea aprobada y publicada en el DOUE para dar presunción de conformidad con el Reglamento de productos de la construcción, sea de obligado cumplimiento para la comercialización de los dispositivos de anclaje de las clases A, B, C y D. En ASEPAL disponemos de una copia del borrador pre-eliminar y elaboraremos un informe de norma a la mayor brevedad.
5.5. Economía circular y sostenibilidad
5.5.1. Restricción en uso de PFHxA
La Comisión Europea ha lanzo la propuesta de modificación del Reglamento REACH y prohibir el uso de PFHxA (ácido perfluorohexanoico, un compuesto polifluoroalquilado usado en textiles). Según el análisis que se ha hecho por parte de ESF sobre y otros expertos textiles consultados, la modificación no afecta a los EPI, ya que la restricción deja fuera el uso general de la sustancia.
Sin embargo, ya que la forma de la redacción en la modificación es confusa, por parte de estas asociaciones europeas como, Euratex, ETSA ha emitido comunicado demandando mayor seguridad jurídica y acotar las posibles interpretaciones de la exención a la restricción.
5.5.2. Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases
El MITERD ha publicado un documento de Preguntas Frecuentes sobre la Sección envases del Registro de productores de producto (FAQ – 9MG, 171 págs.): “Documento técnico para la comunicación de los datos de la sección de envases del Registro de Productores de Producto”.
En el texto se aclaran aspectos del Real Decreto 1055/2022 de envases, del productor del producto, ejemplos y cuestiones prácticas sobre apoderamientos, cómo realizar la inscripción y baja en el Registro, el reporte de información y errores más comunes que pueden surgir durante el proceso. La publicación de estas aclaraciones había sido solicitada por CEOE al MITERD, dadas las múltiples cuestiones y dudas que han surgido. Estas preguntas pueden encontrarse aquí. En este enlace también pueden encontrarse datos de contacto donde hacer consultas al MITERD, así como información sobre la inscripción en el Registro de productores de producto (sección envases).
También nos han proporcionado un enlace en el que pueden encontrarse videotutoriales sobre el Registro de productores de producto
5.6. Otras novedades
5.6.1. Brexit. Prórroga indefinida para el uso del marcado CE.
El pasado 1 de agosto, el gobierno británico anunció su intención de prorrogar indefinidamente, más allá de diciembre de 2024, el reconocimiento del marcado CE para la comercialización de la mayoría de los productos en Gran Bretaña, incluyendo los EPI.
Como consecuencia, el marcado CE podrá convivir con el marcado UKCA en el mercado británico de forma indefinida para 18 sectores, incluyendo los EPI. Los exportadores de la UE no necesitan certificar sus productos para cumplir con el marcado UKCA, ni preparar documentación alguna relativa a este marcado. Será suficiente con cumplir los requisitos del marcado CE, y seguir manteniendo este marcado en su producto.
- Informe de prenorma
- Próximas normas para publicar en DOUE
- Próximas normas para publicar por CEN/CENELEC
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- Protección contra caídas
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- Otras novedades
- Protección de la cabeza
1. Informe de prenorma
Desde el anterior boletín, ASEPAL ha elaborado los siguientes informes de norma y está a disposición de las empresas asociadas a través del enlace de acceso a la parte privada de la web de ASEPAL (para consultarlos, es necesario identificarse en la zona privada antes hacer clic en el enlace)
Cada informe de normas contiene una brevísima descripción del borrador objeto de estudio y los principales aspectos de la norma objeto de estudio. Así mismo, se destacan los principales cambios en relación con la norma a sustituir.
Informe de norma |
Norma a la que sustituye |
Fecha prevista de edición por CEN |
Fecha orientativa edición DOUE |
No sustituye a ninguna norma |
01/07/2024 |
01/01/2025 |
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* Si tienen comentarios que hacer, pueden hacerlos llegar a ASEPAL antes del 03/10/2023 |
2. Próximas normas para publicar en DOUE
A continuación, se proporciona una relación de normas que, una vez han sido publicadas por CEN y/o CENELEC, previsiblemente se publicarán por primera vez en siguientes ediciones del DOUE.
La publicación de estas referencias en el DOUE se realizará tras un análisis previo de la Comisión Europea, quien decidirá si la norma cumple los criterios que le permiten otorgar presunción de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425. También será la Comisión Europea la que establezca la fecha en la que la versión de la norma a sustituir, cuando sea el caso, será eliminada del DOUE.
Recordamos que la fecha de edición que aparece en la tabla a la que se accede a través del enlace que se proporciona al final de este apartado, es la fecha en la que la norma está disponible en CEN en inglés, francés y alemán.
La fecha límite que aparece en la tabla, es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma. Tradicionalmente, esta fecha ha sido la que ha tomado la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Por ello, indicamos esta fecha límite como una orientación acerca de cuándo podría perder la presunción de conformidad la norma a la que sustituye la nueva versión. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/10XbloOAdymod2Qh-dCJ9IS2u_qOSHsM0/view?usp=sharing
3. Próximas normas para publicar por CEN/CENELEC
A continuación, se proporciona una previsión las normas armonizadas que CEN y/o CENELEC deberían editar a lo largo de los próximos meses.
Recordamos que, en la tabla a la que se accede en el enlace que se proporciona en este apartado, la fecha de publicación únicamente es un proceso administrativo que atiende a los reglamentos internos de CEN o CENELEC y que sólo tiene relevancia a efectos de la disponibilidad de la norma para su adquisición a través de los distintos organismos de normalización nacionales, como UNE. A efectos de evaluación de la conformidad, sólo una norma cuya referencia esté publicada en el DOUE dará presunción de conformidad con los requisitos esenciales del Reglamento (UE) 2016/425.
Así mismo, la fecha límite, representa fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE. Sin embargo, hay que recordar que sólo la fecha que figure en el DOUE será la que tenga validez a efectos de pérdida de conformidad con los requisitos del Reglamento (UE) 2016/425.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/10EqpMzLHkowndLd_LAZYmsBByjLCRPKs/view?usp=sharing
4. Normas en desarrollo
Se proporciona una relación de normas que actualmente están en desarrollo en los distintos comités de normalización. Todos los borradores de las normas en desarrollo están disponibles para los asociados para su consulta y emisión de comentarios, si proceden. Los comentarios que se reciban por parte de las empresas asociadas serán transmitidos al comité nacional, quien a su vez lo remitirá al comité europeo.
La tabla, como todas las de este boletín, están ordenadas por sector de protección, luego por fecha límite estimada y, por último, por número de norma. Como en el apartado 2, la fecha límite que aparece en la tabla, es la fecha en la que cualquier versión nacional de la norma es sustituida y anulada por la nueva norma, que generalmente coincide con la fecha que toma la Comisión Europea para fijar como fecha de retirada de la presunción de conformidad de la norma a sustituir en las publicaciones del DOUE.
Puede accederse a la lista en este enlace:
https://drive.google.com/file/d/101CIr0sgM2AN-exdUTg_URKTMGY8HHyy/view?usp=sharing
5. Actualidad en normativa y otras novedades
A continuación, transmitimos la información que nos ha llegado, a través de distintos medios acerca de otros asuntos relacionados con los EPI, y que consideramos pueden ser de interés para las empresas asociadas.
5.1. Protección de la cabeza
5.1.1. EN 50365. Cascos aislantes de la electricidad para uso en baja tensión
A finales de agosto, el CENELEC/TC 78, comité de normalización dedicado a la seguridad eléctrica, ha circulado el borrador final de la prenorma prEN 50365, la cual sustituirá a la EN 50365:2002. Desde ASEPAL ya estamos trabajando en el informe de norma correspondiente.
5.2. Protección de manos y brazos
5.2.1. EN 388. Guantes contra riesgos mecánicos
El CEN/TC 162, comité normalizador europeo en el que se desarrollan las normas de ropa y guantes, ha aprobado la revisión de la norma EN 388:2016+A1:2018, en un desarrollo conjunto con ISO, para que la norma resultante, que tendrá la referencia EN ISO 23388, sea también norma internacional.
El proyecto tendrá un tiempo de desarrollo previsto de 36 meses y aunque se prevé que se base fundamentalmente en la actual EN 388:2016+A1:2018, se quieren incorporar algunos requisitos como la resistencia la perforación por agujas hipodérmicas. Les mantendremos informados de las novedades de este desarrollo normativo.
5.3. Ropa de protección
5.3.1. prEN 342. Ropa de protección contra el frío
Tras la revisión sistemática de la norma EN 342:2017, el CEN/TC 162 ha empezado una consulta para iniciar la revisión de la EN 342:2017 sobre ropa de protección contra el frío. Pese a que aún no se ha circulado ningún borrador de trabajo, se sabe que el objeto y campo de aplicación de la norma no sufre alteraciones, aunque se integrarán informaciones relativas a la durabilidad de las prendas. Si tienen alguna observación o pregunta al respecto, pueden hacérnosla llegar hasta el 6/10/2023.
5.3.2. prEN ISO 11612. Ropa de protección contra el calor y las llamas
A finales de este agosto, se ha circulado el nuevo borrador de la prenorma prEN ISO 11612. El nuevo borrador se votará en noviembre y el departamento técnico de ASEPAL ya está trabajando en el informe de norma correspondiente.
5.3.3. prEN ISO 14116. Ropa de protección contra la llama
El pasado mes de agosto, se aprobó el paso de esta norma EN ISO a la segunda fase de la encuesta encuadrada dentro del proceso de desarrollo normativo. En este nuevo borrador, que se votará en noviembre, se han incorporado algunos cambios respecto al que se circuló en enero de este año (estudio disponible para asociados en la web de ASEPAL) en aspectos como la forma de ensayar los sistemas de cierre o las resistencias al estallido y desgarro. El departamento técnico de ASEPAL ya está trabajando en la elaboración del estudio normativo correspondiente.
5.4. Protección contra caídas
5.4.1. EN 17235. Dispositivos de anclaje permanentes y ganchos de seguridad
Como saben la EN 795:2012 sobre dispositivos de anclaje, está en revisión y sólo recogerá los dispositivos de anclaje que puedan ser transportados e instalados manualmente por el usuario. El resto de los dispositivos de anclaje, serán recogidos en la prEN 17235, la cual lleva en revisión 8 años, como norma de productos de la construcción. El objetivo es que la futura norma EN 17235 sobre dispositivos de anclaje permanentes pueda citarse en el DOUE como norma que da presunción de conformidad con el Reglamento de productos de la construcción. En este sentido, hay que tener en cuenta que, en lo que se refiere a los productos de la construcción, una norma publicada en el DOUE es de obligado cumplimiento (al contrario que las normas para EPI, que siempre son voluntarias).
Tras muchos trabajos en el desarrollo de la prEN 17235, y una reunión con la Comisión Europea, se ha preparado un borrador final que será sometido a votación final en breve. La nueva norma sólo recogerá requisitos y métodos de ensayo para los dispositivos de anclaje clases A, C y D (dispositivos de anclaje permanentes) y clase B (ganchos de seguridad).
Dado que se ha reestructurado por completo la norma y se ha alineado con lo requerido por la Comisión Europea, es posible que, cuando esta norma sea aprobada y publicada en el DOUE para dar presunción de conformidad con el Reglamento de productos de la construcción, sea de obligado cumplimiento para la comercialización de los dispositivos de anclaje de las clases A, B, C y D. En ASEPAL disponemos de una copia del borrador pre-eliminar y elaboraremos un informe de norma a la mayor brevedad.
5.5. Economía circular y sostenibilidad
5.5.1. Restricción en uso de PFHxA
La Comisión Europea ha lanzo la propuesta de modificación del Reglamento REACH y prohibir el uso de PFHxA (ácido perfluorohexanoico, un compuesto polifluoroalquilado usado en textiles). Según el análisis que se ha hecho por parte de ESF sobre y otros expertos textiles consultados, la modificación no afecta a los EPI, ya que la restricción deja fuera el uso general de la sustancia.
Sin embargo, ya que la forma de la redacción en la modificación es confusa, por parte de estas asociaciones europeas como, Euratex, ETSA ha emitido comunicado demandando mayor seguridad jurídica y acotar las posibles interpretaciones de la exención a la restricción.
5.5.2. Real Decreto 1055/2022 de envases y residuos de envases
El MITERD ha publicado un documento de Preguntas Frecuentes sobre la Sección envases del Registro de productores de producto (FAQ – 9MG, 171 págs.): “Documento técnico para la comunicación de los datos de la sección de envases del Registro de Productores de Producto”.
En el texto se aclaran aspectos del Real Decreto 1055/2022 de envases, del productor del producto, ejemplos y cuestiones prácticas sobre apoderamientos, cómo realizar la inscripción y baja en el Registro, el reporte de información y errores más comunes que pueden surgir durante el proceso. La publicación de estas aclaraciones había sido solicitada por CEOE al MITERD, dadas las múltiples cuestiones y dudas que han surgido. Estas preguntas pueden encontrarse aquí. En este enlace también pueden encontrarse datos de contacto donde hacer consultas al MITERD, así como información sobre la inscripción en el Registro de productores de producto (sección envases).
También nos han proporcionado un enlace en el que pueden encontrarse videotutoriales sobre el Registro de productores de producto
5.6. Otras novedades
5.6.1. Brexit. Prórroga indefinida para el uso del marcado CE.
El pasado 1 de agosto, el gobierno británico anunció su intención de prorrogar indefinidamente, más allá de diciembre de 2024, el reconocimiento del marcado CE para la comercialización de la mayoría de los productos en Gran Bretaña, incluyendo los EPI.
Como consecuencia, el marcado CE podrá convivir con el marcado UKCA en el mercado británico de forma indefinida para 18 sectores, incluyendo los EPI. Los exportadores de la UE no necesitan certificar sus productos para cumplir con el marcado UKCA, ni preparar documentación alguna relativa a este marcado. Será suficiente con cumplir los requisitos del marcado CE, y seguir manteniendo este marcado en su producto.